01 junio 2013

NO TODO VALE


A tenor de la sentencia de la Audiencia Provincial que absuelve a La Paca y a gran número de miembros de su clan, es muy preocupante la ligereza con que trabajan algunos jueces de instrucción y algunos fiscales. O eso cabe deducir de lo expresado por los magistrados de la Sección 2ª en tan contundente sentencia. Desde luego, los agentes del EDOA de la Guardia Civil tienen motivos para sentirse desanimados porque no es fácil encontrar pruebas en un caso tan complejo. Nadie puede pensar que es sencillo hacer seguimientos y vigilancias en un gueto como Son Banya y aunque todo el mundo sabe a qué se dedicaban la Paca y los suyos en el poblado, eso no es suficiente para que se ordene pinchar sus teléfonos, sin más, “de modo acrítico, como un acto de fe” en palabras de los magistrados de la Audiencia. En su opinión “el Juzgador se comportó como un mero espectador limitándose a dar el visto bueno a la demanda policial de intervenciones telefónicas sin poner el más mínimo reparo”.
 
Es curioso que sean exactamente los mismos jueces que absuelven a la Paca, los que consideren que “no hay indicios vehementes (…) de que la Infanta conociera, se concertase, ni participase activa u omisivamente en el presunto plan criminal urdido por su marido y por su socio Diego Torres”. Efectivamente, para probar que un elefante es un elefante hay que hacerle una prueba de ADN. Increíble pero cierto. Así son las cosas y no se puede actuar arbitraria o desproporcionadamente a la hora de registrar un domicilio o de intervenir las comunicaciones. Así es el Estado de Derecho. No valen los atajos. La precipitación y la vulneración de derechos fundamentales llevan directamente a la invalidación de las pruebas.  Y la sentencia censura duramente las actuaciones de los guardias civiles, sin tener en cuenta la complejidad del caso y la escasez de personal en los equipos de investigadores, porque tanto da. Se trata de derechos fundamentales y no pueden ser conculcados, ni siquiera los de la Paca. Según el Tribunal se ha puesto en evidencia “la deficiente instrucción de estas actuaciones”. No solo censura los pinchazos telefónicos. También las órdenes de entrada y registro y la modificación sustancial del escrito de acusación del Fiscal, vulnerando el derecho de defensa. Las cosas no pueden hacerse de cualquier manera. Debe respetarse el procedimiento y los derechos de los acusados. Nos guste o no.
 
(Publicado en Última Hora)

No hay comentarios: