El enorme edificio que albergó durante años la antigua sede de Gesa en Palma ya no es un bien catalogado por el Consell de Mallorca por decisión inexplicable de un juez. Ha caído en mis manos la sentencia del Juzgado contencioso administrativo nº 1 de Palma, que revoca la declaración. Es absolutamente increíble que un magistrado pueda hacer algo así sin el más mínimo rigor en su sentencia, sin justificar en lo más mínimo su decisión y sin refutar los argumentos de contrario. Sin mencionar siquiera la ley que considera vulnerada. Nada de nada.
“Del examen del expediente administrativo se concluye que el Consell de Mallorca en la tramitación de la catalogación del edificio GESA no ha omitido trámite procedimental alguno, ni se ha aportado prueba alguna que permita determinar que la finalidad de dicha catalogación estuviere dirigida a alcanzar fines distintos de los legalmente previstos en la norma”. Con este párrafo queda claro que el acuerdo se ajustó en todo a la Ley y que quedan descartadas otras motivaciones que algunos medios de comunicación, especialmente el periódico El Mundo/El Día de Baleares, han insinuado durante años de forma exagerada, como la venganza contra Núñez y Navarro, cuando es obvio que fue Núñez quien se vengó de no poder ejecutar su pelotazo en la fachada marítima con la complicidad del inefable Rodrigo de Santos, demandando a la cúpula del Consell por el asunto de Can Domenge sólo cuando se catalogó el edificio Gesa y nunca antes.
Continua la
sentencia diciendo: “Por ello, el
elemento nuclear de la presente litis habrá de centrarse en su análisis a una
cuestión de naturaleza esencialmente técnica como la de si el edificio en
cuestión es merecedor de la protección que implica su catalogación por el
acuerdo aquí impugnado. Cuando se discuten cuestiones técnicas, los órganos
judiciales hemos de auxiliarnos de los informes periciales que obren en los
autos, que habrán de ser valorados conforme a las reglas de la sana crítica. Pues
bien, de los informes técnicos obrantes en el expediente administrativo, este
Juzgador da mayor credibilidad al elaborado por los arquitectos Jordi Griñó
Sans, Clara Griñó Cabecerán y Andreu Griñó Cabecerán por aparecer elaborado con
mayor rigurosidad técnica y porque los planteamientos y conclusiones en el
mismo expuestos aparecen como más lógicos, convincentes y racionales que los
restantes obrantes en autos. Y ya en este informe sus autores manifiestan de
forma taxativa e indubitada que “no alcanzan a entender los intereses
específicos de índole arquitectónica que han promovido la declaración de Bien
Catalogado”. Dicha afirmación, categórica, es alcanzada tras formularse las siguientes
conclusiones:”
A continuación el
juez copia y pega brevemente en su sentencia las cinco conclusiones que refleja
el informe pericial de parte que a él más le ha gustado. Y concluye su raquítica
sentencia de 6 tristes folios diciendo: “En
definitiva, el edificio en cuestión y a tenor del dictamen pericial ya
referido, no es merecedor de la catalogación que le ha sido dispensada; por lo
que siendo ésta de carácter reglado y no discrecional procede la estimación del
recurso interpuesto”. Y punto final. Se despacha así el ilustrísimo señor
magistrado juez Don Francisco Úbeda Tarajano con una sentencia breve, infundada,
desnuda de argumentos jurídicos y anémica de sentido de la Justicia.
¿Menciona en algo
los demás informes periciales? En absoluto. Si como reconoce el juez, la
catalogación es un acto administrativo de carácter reglado y no discrecional,
¿por qué razón y con qué potestad el juez hace suya la discrecionalidad y no se
ajusta en su sentencia a si el pleno del Consell actuó conforme a Derecho en la
catalogación del edificio? El magistrado decide por su real voluntad y con la discrecionalidad que no le está permitida al Consell, descatalogar el edificio. En virtud de esta peculiar sentencia, a partir de
ahora cualquier asunto que decida el plenario de un Ayuntamiento, un Consell o
incluso el pleno del Parlamento autonómico o nacional puede ser anulado sin
más, porque al juez de turno le parezca más conveniente otra opción. Arbitraria y caprichosamente. Y sin
refutar en absoluto los argumentos en contra ni justificar en lo más mínimo su
decisión en la Ley, que es a la postre la principal función de la Justicia: hacer
cumplir la Ley.
Confío que el Consell
de Mallorca recurra esta insólita sentencia por su inconsistencia jurídica, para hacer valer los valores arquitectónicos, defendidos en sus actuaciones administrativas pasadas y en todo ajustadas a la Ley
como reconoce la sentencia. No hacerlo es separarse de modo rotundo del bien
común.
¿Qué diríamos si a pesar de los informes favorables que constan en el expediente de catalogación no se hubiese procedido a declararlo bien catalogado? Entonces con razón hubiésemos acusado a los gobernantes de prevaricar. Y si se obra conforme a los dictámentes técnicos, viene un juez y los tira a la papelera para quedarse únicamente con el informe pericial que aportó Núñez en su demanda. A la vista de lo anterior, me parece muy acertada la pregunta que se hace el arquitecto José Ferragut, sobrino del constructor del polémico edificio: "¿Qué tendrán los Griñó que han seducido a su Señoría sin que ni ilustres catedráticos ni reconocidas asociaciones ni competentes instituciones ni relevantes personalidades hayan podido decantar su opinión sobre la declaración como Bien Catalogado del edificio Gesa?" (http://www.diariodemallorca.es/palma/2012/02/26/grino-senoria/747482.html)
Aún me parece más
grave que el alcalde de Palma, Mateo Isern, afirmase irresponsablemente que “hacer política en base
a vendettas tiene estas consecuencias”. Se alinea así el señor alcalde con las tesis
conspirativas sostenidas por El Mundo, aunque descartadas en la sentencia. Y supone
hacer cómplice a su propio partido, el PP, de la imaginada vendetta, ya que sin el voto
favorable del PP en el Pleno del Consell jamás se hubiese podido catalogar el edificio,
por más que todos los informes fuesen favorables, como sucedió. Debe llevar cuidado el señor Isern en leer en exceso El
Mundo/El Día de Baleares e interiorizar sus perversas tesis, pues acarrea que incluso se acaba por utilizar la terminología
de este periódico, que se destaca en utilizar un vocabulario propio de la mafia siciliana. Esperemos que el alcalde
Isern no acabe de perder la cabeza cualquier día abriendo los plenos del consistorio hablando del titadine,
de la goma 2 eco, o de la mochila de Vallecas…
No hay comentarios:
Publicar un comentario