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21 julio 2015

MUERTO EL PERRO SE ACABÓ LA RABIA


En Mallorca sabemos cómo se solucionan las cosas: ¡a las bravas! Que cuando nieva en la Serra de Tramontana, a la gente no se le ocurre otra cosa que ir para allá con los coches, pues se corta la carretera y punto final. ¡Que lo vean por IB3! Que no hay dinero para acabar la construcción del dichoso Palau de Congressos cuando ya había más del 70% construido, pues se plantea que se desmonte y se venda por piezas de chatarra aunque esté sin estrenar. Que en la carretera de Llucmajor a Campos, que por densidad circulatoria y siniestralidad ya hace años que debiera estar desdoblada, se mata mucha gente, pues se prohíbe el adelantamiento y problema solucionado.

Ayer supimos que el Consell de Mallorca ha procedido a la señalización de un tramo de aquella carretera con doble línea continua y limitación de velocidad máxima para turismos y motocicletas de 100 a 80 km/h. Con el nuevo gobierno insular formado por PSIB, Més y Podem recién llegado, anunciaron que revisarían el proyecto que el PP dejó listo para desdoblar la carretera, pero como no les gusta lo que hacen los populares y quieren hacerlo a su manera, ahora toca revisarlo e introducir las modificaciones pertinentes, lo que lleva su tiempo.

Ante las críticas que el retraso ha suscitado –y las que suscitará a cada accidente que ocurra de aquí a que comiencen las obras–, pues improvisan algunas medidas y se prohíbe el adelantamiento y se limita la velocidad máxima, y aquí paz y después gloria. Tengo para mí que los conductores obligados a circular a 80 km/h durante tres kilómetros (vamos, como pasar por el túnel de Sóller donde también está prohibido adelantar, aunque se adelanta…) se pondrán nerviosos detrás de un camión pesado, o un tractor, o una cosechadora (de las que en esta época abundan), y acaben por no hacer caso a la prohibición de adelantar.

Quizás el Consell de Mallorca debiera ser valiente y prohibir absolutamente circular por tan peligrosa carretera. Así, muerto el perro se acabó la rabia. ¡Verás qué rápido acabamos con los accidentes!


(Publicado en mallorcadiario.com)

26 abril 2012

FALTA DE RIGOR EN LA AUDIENCIA DE PALMA


Lluc Thomás, ex alcalde de Llucmajor que se vio obligado a dimitir en noviembre de 2008 cuando fue condenado por primera vez, es inocente. Después de más de diez años, el Tribunal Supremo se ha pronunciado y su veredicto es firme e inapelable. Ha emitido la última palabra y no hay más que decir. Tomás fue condenado el 24 de noviembre de 2010 por la Audiencia Provincial por los delitos de malversación de caudales públicos y alzamiento de bienes. Su abogado, el veterano letrado Rafael Perera, ha vuelto a triunfar una vez más, librando a Thomás de la cárcel cuando fue condenado en primera instancia a una pena de 3 años de prisión y 8 de inhabilitación.

El ponente de la sentencia que absuelve a Thomás es el magistrado Luciano Varela, famoso por haber instruido la denuncia contra el ex juez Baltasar Garzón por la investigación de los crímenes del franquismo. Varela es un destacado miembro de la rama progresista de la judicatura española. No en vano, fue fundador de la asociación profesional Jueces para la Democracia, la organización corporativa más progresista de cuantas existen.

El fallo del Tribunal Supremo, aunque con dos votos particulares, es de una contundencia ejemplar, por cuanto descalifica la sentencia de la Audiencia Provincial con términos muy duros. Detecta graves fallos de motivación, “demasiadas afirmaciones” y muy pocas pruebas, aserciones “cabalísticas”, o por la “falta de contenido incriminador de los medios de prueba practicados, cuanto porque su valoración se hace olvidando las exigencias del canon que impone la lógica, de manera no coherente y partiendo de premisas no correctas”. También habla la sentencia de “gratuitas especulaciones”.

Merece la pena destacar un párrafo que no tiene desperdicio y que sirve para comprender la magnitud de la reconvención que el Supremo hace a la Audiencia Provincial: “Si no cabe confundir, como advirtiera Antonio Machado, valor con precio, tampoco cabe identificar valor o precio con coste, y, menos aún, con la consideración tributaria de lo que se estima coste. De ahí que hubiera sido necesario la suficiente probanza de la falta de justificación de las partidas abonadas a las sociedades controladas por los acusados, con adecuada exposición de los criterios atendidos para evaluar lo que resulta excesivo en medida no justificable. Prueba que no puede ser sustituida por una sospecha o intuición, ni presumirse sin más desde el mero dato de la cantidad efectivamente abonada. Tal prueba corría a cargo de la acusación. No es la parte acusada la que tiene que acreditar, con o sin llevanza de contabilidad exhaustiva, que lo percibido es justa contrapartida de costes soportados y lícitos beneficios esperables. Pero la prueba practicada no va más allá de la constatación de los importes abonados y de una parcial evaluación de costes declarados a efectos fiscales”.
Es la segunda vez que el Tribunal Supremo tumba una sentencia de la Audiencia Provincial en este caso. La primera vez, en octubre de 2010, ya obligó a la Audiencia de Palma a dictar nueva sentencia para solventar las graves deficiencias detectadas. Queda acreditado que no lo hicieron debidamente e incluso la Fiscalía del Supremo solicitó penas más elevadas de las que fueron impuestas en primera instancia, cosa realmente poco común e inexplicable.

La sentencia del Alto Tribunal evidencia dos cosas muy preocupantes: por un lado, una alarmante falta de rigor por parte de algunos magistrados y fiscales, que parecen no ser conscientes de lo que tienen entre manos y de las consecuencias que sus decisiones tienen para los ciudadanos, incluso su propia libertad o su patrimonio familiar. Y, por otra parte -y no menos relevante-, la ligereza de la Audiencia de Palma a la hora de condenar. No en vano, este órgano judicial está a la cabeza de sentencias condenatorias, muy por encima de la media estatal. De ahí que el Supremo se exprese en términos tan severos ante una sentencia técnicamente deficiente.

El honor de Lluc Thomás queda repuesto, pero el perjuicio sufrido y el calvario por el que ha tenido que pasar no tienen compensación posible. Joaquín Rabasco, que volvió a su puesto de Policía en la Jefatura Superior de Bilbao, no ingresará en prisión, aunque deberá abandonar el Cuerpo por la inhabilitación de 8 años a que ha sido condenado. No es poco castigo.

(Publicado en www.ciutat.es el 24.4.2012)